NOVEDADES FISCALES CATALUNYA, ITP y AJD
El pasado 30 de marzo de 2017 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña la Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radio tóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
Con la aprobación de dicha ley, se introducen las siguientes modificaciones en los tipos impositivos en la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:
Modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas:
- Transmisión de inmuebles y la constitución y cesión de derechos reales que recaigan sobre bienes inmuebles, salvo los derechos reales de garantía, que tributará al 10% o 11% aplicando la tarifa que corresponda en función del valor real del inmueble.
- Transmisión de viviendas de protección oficial, constitución y cesión de derechos reales que recaigan, salvo los derechos reales de garantía, tributarán al 7%.
- Transmisión de bienes muebles, constitución y cesión de derechos reales que recaigan, salvo los derechos reales de garantía, tributarán al 5%.
Modalidad de actos jurídicos documentados:
- En los casos de renuncia a la exención del IVA, se tributa al 2,5%.
- Transmisión de viviendas de protección oficial, constitución y cesión de derechos reales que recaigan, salvo los derechos reales de garantía, tributarán al 7%.
- Transmisión de bienes muebles, constitución y cesión de derechos reales que recaigan, salvo los derechos reales de garantía, tributarán al 5%.