Compraventa. Para que el comprador pueda reclamar por vicios ocultos, es necesario que éstos no estén a la vista ni le sean conocidos. ¡Atención! Por ello, se ha desestimado la reclamación de un comprador frente al vendedor de una vivienda [AP Cantabria 24-11-2021] :
Tras firmar arras, el comprador no otorgó la escritura alegando que la vivienda tenía vicios ocultos que consistían en humedades y grietas. ¡Atención! No obstante, dado que éstas eran visibles y el comprador visitó la vivienda antes de firmar las arras, se ha rechazado su demanda y ha perdido lo entregado.
Además, el vendedor aportó una grabación y un testigo que acreditaron que el comprador manifestaba que no había conseguido la financiación que necesitaba y que por eso no firmaba.
No son vicios ocultos los que estén a la vista y sean conocidos por el comprador.