¿La batería auxiliar de una auto caravana está incluida en la garantía?
Nos pregunta un alumno que está cursando el curso de Perito Judicial de Vehículos, si está incluida en la garantía la segunda batería instalada para los usos de vivienda que ha fallado a los 21 meses de estrenar el vehículo ya que normalmente los fabricantes de baterías no suelen llegar nunca a los dos años de garantía.
En este tipo de vehículo, tanto en nuevo como de ocasión, la garantía del producto vendido comprende el vehículo y la vivienda y, en consecuencia, también la segunda batería auxiliar, con independencia de que conste todo en una única factura o bien la segunda batería auxiliar se haya facturado aparte. Tendrá por tanto dos años de garantía a cargo del vendedor, independientemente de que la garantía que dé el proveedor de la batería pueda ser inferior. En el caso planteado se ha de tener en cuenta que la reclamación se produce a los 21 meses desde la entrega por lo que ya han pasado los primeros 6 meses de inversión de la carga de la prueba, en los que es el vendedor quien tiene que explicar qué le ha ocurrido a esa batería. En principio podríamos pensar que la batería tiene normalmente una vida útil superior a dos años, salvo que tenga un defecto o haya habido un mal uso, pero legalmente correspondería al cliente probar la falta de conformidad a la entrega, es decir, que la batería estaba defectuosa en el momento de la entrega y de ello ha derivado el fallo que ahora se produce. También es cierto, por otra parte, que en un componente así un juez podría valorar como elemento probatorio el simple indicio de que no funciona. Por otra parte, el vendedor siempre puede demostrar que la batería estaba correcta en el momento de la entrega y el mal funcionamiento es sobrevenido, motivado por ejemplo por un uso incorrecto o intensivo, o por falta de mantenimiento si ese tipo de batería necesita rellenar fluidos, etc. Habría que analizar los manuales de usuario, certificado de garantía, información facilitada al comprador….