PREGUNTAS FRECUENTES

¿Afecta el arrendamiento por uso distinto de vivienda por las últimas modificaciones legislativas de los arrendamientos?

La respuesta es : No, la regulación prevista en la Ley de Arrendamientos Urbanos, por lo que respecta al arrendamiento por uso distinto de vivienda, como puede ser por ejemplo un local, una plaza de aparcamiento no se ha visto modificada desde la entrada en vigor de la ley, es decir, desde el 1 de enero de 1995.

En este tipo de contratos rige el principio de libertad de pacto, pudiéndose pactar libremente la duración inicial del contrato, las prórrogas, la renta, etcétera. No obstante, recordad que la prestación de una fianza por un importe igual a dos mensualidades será obligatoria.

AutorRebeca

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